Nuevas medidas sociales en defensa del empleo contempladas en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo.

La normativa laboral reciente, en vigor desde el 13 de mayo, se centra en medidas para mantener el empleo y proteger a los trabajadores en tiempos de pandemia. Esta legislación permite la prórroga de los ERTEs por fuerza mayor hasta el 30 de junio, junto con exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social para empresas de diferente tamaño. También prohíbe el despido de empleados afectados por un ERTE durante 6 meses después de su finalización y suspende el cómputo de contratos temporales relacionados con la COVID-19. Estas medidas se pueden extender más allá de junio si las circunstancias sanitarias lo requieren, con la consulta a una Comisión de Seguimiento tripartita laboral.

La aplicación de los ERTEs en la fase de desescalada tras la publicación de la Nota informativa 23/2020 de la Dirección General de Trabajo

En medio de la crisis del COVID-19, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se han convertido en un instrumento esencial en el ámbito laboral. Inicialmente, se reconocieron como causa de fuerza mayor debido al impacto del COVID-19, y posteriormente se limitaron los despidos en casos de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción relacionadas con el virus. Ahora, en la fase de desescalada y retorno a la actividad, se permite cierta flexibilidad en la aplicación de los ERTEs, incluyendo la posibilidad de renunciar total o parcialmente a la medida y alterar la causa motivadora, con el objetivo de adaptarse a las necesidades empresariales y garantizar el empleo. Además, se simplifican los trámites documentales para facilitar la transición hacia la normalidad económica.

Comentarios a la Orden Ministerial SND/388/2020, de 3 de mayo, que regula las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios

La Orden SND/388/2020, en vigor desde el 4 de mayo de 2020, establece condiciones para la reapertura de ciertos establecimientos, como citas previas, atención individualizada, y medidas de limpieza y desinfección. En hostelería, se permiten servicios a domicilio y recogida de pedidos, prohibiendo el consumo en locales. Para archivos, se fomenta el uso telemático y medidas de cuarentena. Los usuarios deben mantener el distanciamiento y se proveen suministros sanitarios.