Lucha por los derechos de propiedad intelectual en la prensa
picjumbo.com_IMG_6014-1024x683

[et_pb_section][et_pb_row][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»left» use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]Con el nuevo tramite legislador en materia de propiedad intelectual, vuelven a surgir los conflictos de intereses en relación con el reconocimiento de autorías sobre algunas creaciones intelectuales. Cuando se llevó a cabo la anterior reforma del actual Texto Refundido de la Ley de propiedad intelectual, ya existieron disputas entre, los profesionales de la información y los editores de las cabeceras. El resultado fue una aprobación deficiente del artículo 32 de la Ley de propiedad intelectual que dejaba insatisfechos a ambas partes; y que introducía importantes dudas desde una perspectiva jurídica y práctica en relación con la remuneración por la elaboración de resumes de prensa.

De aquellos polvos proceden estos lodos y, en la actualidad, la lucha de intereses en relación con el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual sobre los periódicos se mantiene en plena efervescencia. Como consecuencia de esto, o profesionales de la información se han unido por para crear la Plataforma por los Derechos de Autor de los Periodistas.

Esta plataforma pretende exigir al Gobierno que, con la modificación que se está abordando de la Ley de Propiedad Intelectual, se reconozca y regule adecuadamente los derechos de los periodista.

La tesis fundamental que defiende esta plataforma es que los periódicos no pueden ser considerados una obra colectiva; si no una obra compleja en al que diversos autores insertan distintos trabajos. Esta apreciación choca con los intereses de los editores y mas concretamente con lo defendido por la Asociación de Editores de Diarios Españoles; ya que esta entidad entiende que los periódicos son obras colectiva. Esta distinción conceptual afecta fundamentalmente a la titularidad de los derechos sobre el periódico y, consecuentemente, a la remuneración que obtendrías sus titulares.

Así, el actual texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual considera que el titular de los derechos sobre una obra colectiva es la persona física o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre. Esto implicaría que los titulares de los derechos sobre el conjunto del periódico sería la empresa editora.

Por el contrario la calificación de obra compleja, exigida por los periodistas, –que no tiene como tal cabida en nuestro ordenamiento- deberíamos enmarcarla jurídicamente en el concepto de obra en colaboración. en defensa de los intereses de sus asociados. Este precepto configura las obras como Comunidades de Bienes, por lo que los derechos sobre la misma se repartiría entre todos los autores que forman parte de la misma.

Interesante debate jurídico y social nos espera en los próximos meses en relación con la calificación jurídica de esta obra y, sobre todo, en lo que afecta a quién ostentará los derechos económicos sobre los mismos.[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

Otras entradas del blog

privacy
El TJUE anula el Puerto Seguro (“Privacy Shield”) con EE. UU. por falta de garantías adecuadas para la protección de datos y cuestiona la validez de las cláusulas contractuales tipo.
Closeup of Accountant Hands Counting on Calculator
¿Qué novedades introduce el Real Decreto-Ley 8/2020 en relación a los deudores que se encuentren en situación de insolvencia determinante de la necesidad de presentar concurso?
law-firm-19-1024x644
El nuevo calendario contable 2020
thomas-kelley
Nuevas medidas sociales en defensa del empleo contempladas en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo.
SER-Empresarios-Clientes
Aclaraciones en el ámbito societario incorporadas en el Real-Decreto 11/2020 en relación con los artículos 40 y 41 del Real Decreto-ley 8/2020
img-contratacion
Las medidas aplicables en la 'nueva normalidad' publicadas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
law-firm-16
La aplicación de los ERTEs en la fase de desescalada tras la publicación de la Nota informativa 23/2020 de la Dirección General de Trabajo
trabajadores-autonomos
Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos - NOVEDADES RDL 30/2020
accountant-1238598_640
La moratoria de la deuda hipotecaria se extiende al colectivo de autónomos
teletrabajo
Los plazos procesales y administrativos en el estado de alarma