La AEPD multa con 25.000 euros a Glovo por no tener designado un Delegado de Protección de Datos (DPO)

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto la primera sanción a la famosa empresa de «riders» en España por no designar un Delegado de Protección de Datos (DPO) en cumplimiento del artículo 37 del RGPD. A pesar de contar con un Comité de Protección de Datos y haber proporcionado los datos del DPO durante el procedimiento sancionador, Glovo no tenía designado un DPO. La empresa planea apelar la resolución, mientras que Trebia Abogados S.L ofrece servicios de DPO para empresas obligadas y aquellas que buscan promover la cultura de la privacidad en sus organizaciones.

Las medidas aplicables en la ‘nueva normalidad’ publicadas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 10 de junio de 2020 publicó el Real Decreto-ley 21/2020, que establece medidas para abordar la pandemia de COVID-19 después de que finalice el estado de alarma el 21 de junio. Estas medidas estarán vigentes hasta que se disponga de una vacuna o tratamiento eficaz y se declare el final de la emergencia sanitaria. Entre las medidas destacadas se incluye el uso obligatorio de mascarillas y la promoción del teletrabajo cuando sea posible. El Real Decreto-ley se estructura en siete capítulos, abordando temas como la prevención e higiene, transporte, detección precoz y control de infecciones, y establece sanciones para el incumplimiento de estas medidas. También se regula el uso de mascarillas y medidas en el lugar de trabajo, entre otros aspectos.

El nuevo calendario contable 2020

La Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) ha extendido los plazos para la presentación de cuentas anuales y legalización de libros debido al COVID-19. Ahora, las empresas tienen hasta el 31 de agosto para formular o reformular sus cuentas anuales, y aquellas que no habían vencido el plazo al 14 de marzo pueden legalizar sus libros hasta el 30 de septiembre. La auditoría de cuentas debe finalizar el 31 de agosto, y el plazo de depósito concluye el 30 de noviembre si las cuentas se aprueban el último día. Estos cambios son parte de las medidas adoptadas por la pandemia.