Resumen RD 28/2020 de 22 de septiembre, de trabajo a distancia-teletrabajo y linea de ayuda para sufragar los gastos para la implementación.

El presente real decreto-ley establece condiciones y requisitos para el trabajo a distancia en relaciones laborales, definiendo el trabajo a distancia como la realización regular de la actividad laboral en un lugar elegido por el trabajador. Se exige un acuerdo escrito, el registro horario adecuado, el derecho a la desconexión digital, y se detallan las condiciones de uso de equipos informáticos. También se mencionan las ayudas económicas para fomentar el teletrabajo y la flexibilidad horaria en la Comunidad de Madrid, con requisitos específicos para su obtención. Los beneficiarios deben cumplir con obligaciones y comunicar cambios en las condiciones que dieron derecho a las ayudas.

Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos – NOVEDADES RDL 30/2020

A partir del 1 de octubre de 2020, los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades debido a medidas de contención en la propagación del COVID-19 tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria. Esta prestación será del 50% de la base mínima de cotización, con posibles incrementos si se cumplen ciertos requisitos, y se mantendrá el alta durante la suspensión de la actividad. Sin embargo, será incompatible con ciertos ingresos y deberá solicitarse en los 15 días siguientes a la entrada en vigor de la resolución de cierre de actividad.