[et_pb_section][et_pb_row][et_pb_column type=»4_4″][et_pb_text admin_label=»Texto» background_layout=»light» text_orientation=»left» use_border_color=»off» border_color=»#ffffff» border_style=»solid»]Hemos asistido a una reciente sentencia, del Juzgado de lo penal número 3 de Valencia, por la cual se condena al administrador de distintas páginas de Internet; que ofrecían a sus usuarios enlaces para que estos pudieran descargar distintos tipos de creaciones intelectuales; así como, llevar a cabo el visionado de las mismas–a través de streaming-.
La Sentencia, que se ha producido en el ámbito del derecho penal, condena al administrador de la página web –por un delito continuado contra la propiedad intelectual-: a 1 año siete meses y 15 días de Prisión; a 21 meses de multa; y a al pago de las indemnizaciones oportunas, derivadas de la responsabilidad civil.
Esta actividad se desarrollaba a través de los dominio www.divxonline.info, www.estrenosonline.es y www.seriesonline.es. Tal y como quedó acreditado en el procedimiento, no se contaba con el consentimiento de los titulares de los derechos sobre las creaciones intelectuales. Adicionalmente, como quedó acreditado, el titular de las web obtenía cuantiosos beneficios derivados de la publicidad insertada en las páginas web; lo cual sirve para amparar la existencia de ánimo de lucro, tal y como exige la tipificación penal de los delitos contra la propiedad intelectual, establecida en los artículos 270 y siguientes de nuestro Código Penal.[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]